Colombia falla en contra de una empresa multinacional que exigió una acción disciplinaria para funcionarios medioambientales.
Las autoridades colombianas dictaminaron, luego de que la multinacional exigiera una acción disciplinaria, que los funcionarios medioambientales locales habían actuado de manera correcta al ordenar al gigante minero sudafricano AngloGold Ashanti que suspendiera sus actividades.
Cortolima, la autoridad ambiental del departamento de Tolima en el centro de Colombia, impidió que AngloGold llevara a cabo actividades de exploración no autorizadas en el municipio de Piedras en marzo. El gigante minero había sido descubierto realizando perforaciones en un acuífero importante para la agricultura con la esperanza de utilizarlo como parte del proceso de lixiviación con cianuro para su mina La Colosa, situada aproximadamente a 100 kilómetros, en la región montañosa del municipio de Cajamarca.
La empresa minera respondió el 8 de marzo con un pedido de acción disciplinaria para Cardoso (director general) y para el director de la oficina jurídica, José Francisco Montufar, ya que sostiene que Cortolima abusó del principio de precaución, basó su dictamen en datos falsos e ignoró la información que la empresa había enviado con anticipación. También amenazaron con iniciar acciones judiciales contra la autoridad medioambiental.
La Contralora General de la República, Sandra Roselli, es responsable por controlar los recursos nacionales y su delegado, Mauricio Cabrera Leal, visitó Piedras y la mina La Colosa los días 30 y 31 de mayo. Cabrera Leal dictaminó que la suspensión de las actividades de AngloGold por parte de Cortolima había sido llevada a cabo en derecho y cumpliendo con las responsabilidades del organismo.
AngloGold predice que La Colosa será la mina de oro más grande de Latinoamérica, pero la empresa no ha conseguido asegurar el acceso a una fuente de agua cerca del lugar para el proceso de lixiviación con cianuro que separa el oro de la roca de la cantera. Los responsables del proyecto pretenden transportar las piedras desde la mina mediante un mineroducto de 98 km hasta un terreno adquirido cerca del corregimiento de Doima, municipio de Piedras. La propiedad está ubicada río arriba del cruce entre los ríos Doima y Camao, cuya hidrología fue alterada ilegalmente por la empresa, y encima del acuífero de Piedras, una zona frágil para el medioambiente, que AngloGold estaba explorando de manera ilegal.
El territorio de Piedras se caracteriza por grandes campos utilizados para arroz y pasturas, y extensiones de bosques de palma y de frondosas. Foto: Robin Llewellyn.
Las aguas del Doima y del Camao confluyen en el río Opia que pasa por el pueblo de Doima, por donde pasa también la ruta de acceso a la propiedad de la empresa. En enero los habitantes de Doima bloquearon esta ruta hacia AngloGold, y las casas y los negocios de la zona desplegaron pancartas en oposición al proyecto de lixiviación. La empresa respondió con un pedido a un juez local para que suspendiera al alcalde de Piedras, Arquímedes Ávila, por no quitar los bloqueos y asegurar la libertad de movimiento a sus empleados.
Permanece una vigilancia de la entrada al pueblo por parte de sus habitantes donde se detiene a los automóviles desconocidos y se interroga a los conductores. Los manifestantes dicen que no se ha observado actividad alguna de la empresa desde el fallo de Cortolima contra AngloGold, pero aún se encuentra en el lugar la policía montada que envió el gobernador de Tolima.
Según Chris Nthite, funcionario de prensa de la empresa, “se le solicitó, por tanto, al alcalde de Piedras que garantizara la libertad de movimiento como es deber constitucional del municipio. Sin embargo, al no cumplir con dicha solicitud, no tuvimos otra opción que realizar el pedido constitucional al juez local”.
El alcalde de Piedras, según se informa, llevaría a cabo un referendo para determinar si se prohíbe la minería en todo el municipio directamente, una votación que se espera que ocurra en septiembre. Ya se han realizado referendos y prohibiciones municipales en otros lugares de Colombia, y se dice que toda la subregión del suroeste antioqueño se inclina hacia la votación en contra de la minería.
En respuesta a esto, el gobierno central promulgó el Decreto 934 el 9 de mayo, en el que declara que los referendos y las prohibiciones municipales carecen de validez legal ya que la minería está bajo la autoridad del gobierno central. La ciudad de Bogotá pondrá a prueba esta declaración ante la Corte Constitucional dentro de tres meses cuando señale que el artículo 313 de la Constitución otorga a los concejos la facultad de proteger su patrimonio ecológico. Las autoridades de la ciudad sostienen que “de conformidad con la Constitución y con la ley, las autoridades locales, inclusive el distrito capital, tienen una autonomía que les permite determinar políticas tal como lo reconoce la Corte Constitucional, sin que sea posible limitar esa facultad por orden presidencial para favorecer intereses particulares como la minería”.
La legislación colombiana sobre minería es, en la actualidad, una confusión ya que el Código Minero de 2010 (ley 1382) ha sido declarado inconstitucional por haber sido elaborado sin consultar con los pueblos indígenas y afrocolombianos del país. Por lo tanto, sigue vigente el código anterior, de 2001 (también elaborado sin consultar con los pueblos indígenas y afrocolombianos), y los ambientalistas han criticado las debilidades de sus condiciones para obtener concesiones por la avalancha de concesiones para exploración y la poca supervisión que afectó al sector en los últimos años.
El Código Minero de 2001 (ley 685) prohíbe la minería en los páramos (ecosistemas de montaña caracterizados por una rica biodiversidad y un papel estratégico en el ciclo del agua; el 60% está ubicado en Colombia), pero aquellos con intereses mineros sostienen que los límites de los páramos no han sido establecidos, una declaración que cuestionan los ambientalistas. La exploración minera también continuó en territorios indígenas a pesar de que Colombia ratificó el Convenio 169 de la OIT sobre los derechos de los pueblos indígenas a ser consultados sobre actividades en su territorio.
En medio de esta confusión legislativa, los reclamos locales están presenciando un aumento en la movilización política: el gobernador de Tolima, Luis Carlos Delgado Peñón, respondió al pedido de acción disciplinaria a funcionarios de Cortolima por parte de AngloGold con una declaración en la que defiende a la autoridad ambiental. Al día siguiente, 33 organizaciones de la sociedad civil emitieron un comunicado conjunto en el que hacen hincapié en el artículo 79 de la Constitución: “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarla”.
El abogado ambientalista Juan Ceballos ha trabajado con comunidades que enfrentan proyectos mineros en toda Colombia, y ve un movimiento generalizado hacia la aplicación de los artículos de la Constitución en cuestiones ambientales.
“La Constitución es norma de normas”, afirma, y el gobierno actual, al llevar a cabo una política minera centralista que ignore la naturaleza federal de la constitución de 1991 “es un gobierno inconstitucional”.
El lunes 17 de junio, el diputado colombiano Iván Cepeda ha solicitado al ministro de Minas y Energía, Federico Renjife, suspender las licencias otorgadas a AngloGold sobre la base del principio de prevención a fin de evitar daños irreparables a los ecosistemas del país. Además de referirse a la penetración del acuífero en Piedras y a la alteración del río Camao por parte de la empresa en violación al Código de Recursos Naturales, Cepeda afirmó que AngloGold realizó exploraciones ilegales en zonas de reserva forestal en Cajamarca. Exigió que la empresa entregara todos los títulos que tiene en parques nacionales y acusó a AngloGold de amedrentar a servidores públicos cuyas funciones pueden afectar los intereses de la empresa.
AngloGold sostiene que continuará las acciones judiciales contra Cortolima e insistió en que no se han llevado a cabo actividades ilegales en su propiedad de Piedras. Tatiana Rodríguez de CENSAT/Amigos de la Tierra Colombia dice: “Es muy probable que inicien acciones judiciales porque no les gusta admitir que hicieron algo mal. Intentarán alguna acción para limpiar su imagen, pero no creo que puedan detener la acción de Cortolima”.
Algunos comentaristas han culpado a las incertidumbres en políticas públicas para el sector minero por la ligera disminución de inversiones extranjeras en la minería colombiana que cayó un 4% desde 2011 hasta fines de 2012. Sin embargo, según Rodríguez, el marco regulatorio se caracteriza no solo por una falta de claridad en las leyes, sino también por una inconsistencia en su aplicación a lo largo del país, lo que anima a empresas irresponsables a ignorar las normas.
Por lo tanto, los habitantes de Doima son una comunidad entre otras (como los ciudadanos de Bogotá y una serie de pueblos a lo largo de Colombia que promulgaron prohibiciones contra la minería) que aguarda casos que pongan a prueba la autoridad de los organismos ambientales estatales, y determinen la validez del decreto presidencial de mayo contra las suspensiones locales de la minería.