- Desde el lunes 16 de julio el gobierno de Colombia prohibió el uso de mercurio en cualquier actividad de extracción de minerales. En 2023 este elemento estará prohibido en todas las industrias del país.
- En marzo de este año Colombia también ratificó el Convenio de Minamata, un tratado internacional que busca reducir las emisiones globales de mercurio y sus afectaciones a la salud y al ambiente. El reto ahora será hacer el control de este elemento en la minería ilegal.
El lunes 16 de julio de 2018 quedó en la historia como el día que oficialmente Colombia prohibió el uso de mercurio en la minería, tal como estaba establecido en la ley 1658 de 2013. En dicho acto legislativo se determinó que en cinco años (2018) se prohibiría el uso de este elemento en toda actividad extractiva, principalmente aurífera ─una de las que más usa mercurio─ y que, para 2023, la industria y todos los procesos productivos en el país deberían eliminarlo de sus actividades.
“Desde hoy los mineros con título y autorización ambiental deberán continuar sus actividades sin el uso de mercurio. Con esta medida se reducen las emisiones y liberaciones en el medioambiente, que son altamente contaminantes”, indicó el ministro de Ambiente, Luis Gilberto Murillo.
De acuerdo con Willer Guevara, viceministro de Políticas y Normalización Ambiental del Ministerio de Ambiente, una de las primeras medidas que se tomó fue restringir la importación de mercurio, que antes de esta ley estaba en promedio en 100 toneladas al año. “A partir de septiembre de 2017 quedó autorizado solo un cupo de 5 toneladas como máximo que serán utilizadas principalmente por las actividades del sector salud hasta el 2023”, indicó.
El proceso para garantizar la no utilización de este elemento en la industria legal colombiana incluye varios pasos. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) generó un formulario para controlar la importación de mercurio, el Ministerio de Transporte también creó una estrategia de control para la movilización de este elemento y ahora que entra en rigor la ley, las autoridades ambientales deben vigilar, controlar y poner las sanciones si es el caso. Por otro lado, el Ministerio de Minas debe verificar que las minas hayan actualizado su plan de explotación, en el cual debe quedar explícito que se excluye este componente tóxico de sus actividades.
“Esto contribuirá a disminuir el mercurio en el aire, agua, suelo, flora y fauna, mejorando la calidad ambiental y disminuyendo la exposición a los riesgos que tiene para la salud de mineros y la población en general”, sostuvo el ministro Murillo, quien también afirmó que la decisión del Gobierno de Colombia es una de las pocas que se han tomado a nivel internacional, entre los más de 70 países en vía de desarrollo que tienen este tipo actividad con mercurio; incluso, “con esta medida el país supera las exigencias internacionales del Convenio de Minamata sobre Mercurio, que no estableció una fecha de erradicación del uso de este elemento en la minería a nivel mundial”.
Con la salida del mercurio, la minería seguirá explotando otras técnicas de separación de minerales como la concentración gravimétrica, una de las más usadas actualmente y que, por ejemplo, se desarrolla desde 2005 en zonas de los municipios Vetas y California, en el departamento de Santander.
“El mercurio es un elemento altamente tóxico y produce efectos dañinos muy significativos en la salud de las personas. El que se usa en la extracción de minerales, principalmente en minería ilegal, está llegando a los ríos, a las fuentes de agua superficiales, los peces y por ende a las personas. El mercurio es un agente cancerígeno y además genera otro tipo de problemas como malformación en los fetos. De ahí la importancia de eliminarlo”, asegura el viceministro Guevara.
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Impacto de la minería ilegal
En el año 2016 la Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al Ministerio del Interior, a la Unidad de Parques Nacionales Naturales, al Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander Von Humboldt y a la Contraloría General de la República conformar una mesa de trabajo interinstitucional, con el objeto de construir una investigación científica y sociológica, en la cual se identificaran y precisaran las conclusiones respecto a los impactos de las actividades mineras en los ecosistemas del territorio colombiano. Entre los documentos generados está la ‘Investigación científica y sociológica respecto a los impactos de la actividad minera en los ecosistemas del territorio colombiano’ que en su fase 3 entrega el ‘Diagnóstico de la información ambiental y social respecto a la actividad minera y la extracción ilícita en el territorio colombiano’.
Y es que justo en la minería ilegal están los problemas más grandes del país y si bien la prohibición del mercurio en las actividades extractivas legales es un paso muy importante, el control del mercado ilegal será un reto enorme para Colombia.
Según el diagnóstico, a junio de 2017, el país cuenta con 8564 títulos mineros, de los cuales casi el 50 % corresponde a materiales de construcción, seguidos por los metales preciosos – principalmente oro – y carbón. Sin embargo, el desempeño de este sector desde el punto de vista económico se sustenta en el desarrollo de la minería de carbón y en menor proporción en metales preciosos, níquel, esmeraldas y materiales de construcción. Los métodos de explotación se pueden clasificar de manera general en: cielo abierto, subterránea, de materiales de arrastre y aluvión.
Con base en datos del Código Minero, el 47 % de las extracciones se realizan sobre los minerales no metálicos (arena, arcilla, grava, caliza, piedra, sal, entre otros); el 32 % se realiza sobre minerales metálicos (oro, plata, platino, concentrado de cobre, hierro, plomo y ferroníquel) y el 19 % sobre carbón.
En el caso de los minerales no metálicos, el 59 % son operaciones sin título minero, mientras que en el caso de los minerales metálicos esta condición la tiene el 86% y en el carbón la situación se presenta en el 40 % de las operaciones.
“De acuerdo con las extracciones de minerales censadas (14 357), el 63% no cuenta con título minero, lo cual, a la luz de la legislación vigente, serían consideradas como extracciones ilícitas de minerales”, dice el diagnóstico. Este último dato permite empezar a dimensionar la caótica situación ambiental que se espera en las zonas donde están estas extracciones, pues “se deduce que tampoco cuentan con instrumento ambiental de prevención y mitigación de los impactos”.
La información del Código Minero permite determinar que los departamentos que concentran la mayor actividad extractiva son: Boyacá (18%), Antioquia (14%), Bolívar (10%), Cundinamarca (10%), Santander (7%), Norte de Santander (6%), Magdalena (4%), Cauca (4%), Chocó (4%) y Putumayo (4%).
En cuanto a los aspectos de legalidad ambiental, el Código Minero indica que el 76% de las extracciones de minerales no tienen ningún instrumento ambiental y el 90% no cuenta con ningún tipo de permiso ambiental para el uso o aprovechamiento de recursos naturales.
Lo anterior puede ser un reflejo de que el control de la minería ilegal es una tarea bastante difícil de cumplir. Si a eso se suma que solo el 10 % de las extracciones de minerales tienen permiso para el uso o aprovechamiento de recursos naturales, la tarea del gobierno para controlar el uso de mercurio en estas minas será sin duda titánica.
*Foto de portada: radiomacondo.fm