- El Magdalena se suma a otros ecosistemas colombianos que también gozan de esta definición.
- En Ecuador también se han dictado resoluciones judiciales para proteger ecosistemas mientras que México y Bolivia incluyen los derechos de la naturaleza en su legislación.
Una reciente decisión judicial determinó que el río Magdalena, uno de los más importantes de Colombia, sea declarado sujeto de derechos. Una decisión que pone sobre la mesa las presiones y amenazas que afectan los ecosistemas y las medidas que se pueden adoptar para protegerlos.
La determinación judicial —adoptada por el juez Víctor Alcides Garzón del Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Neiva— responde a una demanda presentada por Andrés Felipe Rojas, Óscar Páez y Daniel Leandro Sanz, quienes denunciaron el daño que producía el proyecto hidroeléctrico El Quimbo en el río.
No es la primera vez que un ecosistema recibe esta declaración en Colombia. En los últimos tres años el río Atrato, la Amazonía, el río Cauca y el páramo de Pisba han recibido igual designación.
“Lo que ha ocurrido en Colombia es que ni la constitución ni las leyes contemplan que la naturaleza tenga derechos, entonces han sido los jueces los que han tomado la bandera en ese tema”, señala la abogada Gabriela Eslava, integrante del programa Harmony with Nature de las Naciones Unidas, quien además participó en la demanda por la Amazonía.
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La naturaleza tiene derechos
Para Eslava, los jueces están introduciendo esta nueva figura al sistema con implicaciones no solo legales sino también culturales. “La sensación que se tiene es que los jueces son los abanderados en la lucha por la protección de nuestros ecosistemas”.
La decisión del juzgado puso énfasis en la importancia del derecho de todos los ciudadanos al agua y al ambiente sano, además se consideraron los problemas que tiene el río por el vertimiento de aguas servidas y la poca eficiencia de las plantas de tratamiento de aguas residuales de algunos municipios.
“La declaración de un río como sujeto de derechos es la última y más importante aproximación del sistema jurídico colombiano para proteger aquellos ecosistemas o valores ambientales muy significativos”, señala Rodrigo Botero, director de la Fundación para la Conservación y el Desarrollo Sostenible (FCDS).
Para Botero lo más significativo de esta declaratoria es que el juez exige que se asuma el cuidado y protección de este río como un sujeto y no como un objeto, es decir, con derechos al mismo nivel que la población. “Esto implica pasar a una visión ecocéntrica, dejando el antropocentrismo que ha caracterizado hasta ahora del marco legal en Colombia”.
En la resolución, el juez también ordenó al Estado diseñar y conformar, dentro de los próximos tres meses, una comisión de “Guardianes del Río Magdalena”, integrada por representantes del Gobierno Nacional a través del Ministerio de Ambiente, Cormagdalena, Gobernación del Huila y la Corporación del Alto Magdalena, que deberán trabajar por la protección del río.
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) reaccionó ante este mandato judicial asegurando que hasta ahora ha cumplido con las obligaciones ambientales relacionadas a esta fuente de agua. Mientras tanto, la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CorMagdalena) consideró que ni por acción ni por omisión ha desprotegido sus funciones sobre el río.
“Esta decisión judicial es un llamado urgente a la acción, es un ultimátum del sector judicial que se ha vuelto constante en Colombia al tener que recurrir a la designación de sujeto de derechos de algunos ecosistemas emblemáticos”, precisa Botero.
El experto en conservación agrega que esta sentencia es un mecanismo que evidencia la responsabilidad de muchos sectores y no solo del ambiental en la protección del río. “Es una oportunidad más para entender que el sistema debe replantearse y las instituciones ambientales no se dan abasto para hacerlo, mientras los demás responsables miran para otro lado”.
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Una mirada internacional
Hace diez años, Ecuador incluyó en su constitución el derecho a que se respete integralmente a la naturaleza. Ello ha dado paso a por lo menos 25 casos en que la corte resolvió a favor de la protección de los derechos de la naturaleza.
En México, ha sucedido algo similar, pues los estados han incluido estos derechos en sus constituciones. En su artículo “Naturaleza: ¿víctima del conflicto?“, Eslava precisa que, en el año 2014 el estado de Guerrero reconoció el deber de garantizar y proteger los derechos de la naturaleza; y en 2017, la nueva constitución de la Ciudad de México incluyó el reconocimiento de la naturaleza como ente colectivo sujeto de derechos.
Bolivia también reconoce los derechos de la madre tierra en su Ley Marco de la Madre Tierra, mientras que Australia, a través de una ley federal, reconoció en el 2017 legalmente al río Yarra como una entidad viviente indivisible que merece protección.
“El reconocimiento de los derechos de la naturaleza está creciendo en todo el mundo. Este año, en la celebración de la madre tierra de las Naciones Unidas se instaló una mesa para debatir el tema. Eso significa que la tendencia va en aumento”, agrega Eslava.
La abogada también cuenta que el partido verde de Suecia ha presentado un proyecto de ley para que su Constitución incluya el derecho a la naturaleza. “Es un movimiento mundial que aboga por un cambio en la relación que tenemos como seres humanos con la naturaleza y nuestro entorno”, enfatiza.
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