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Petroperú: multa de más de 49 millones de soles por derrames del 2016

Chiriaco, Amazonas. Quebrada Inayo. Esta es la zona donde se derramaron alrededor de 2000 barriles de petroleo, producto de una ruptura del Oleoducto de la empresa estatal PetroPeru el 25 de enero del 2016. Como se puede apreciar en las imagenes, el lugar ha sido limpiado, a pesar de esto, aun afloran burbujas de crudo del suelo, las mismas que continuan siendo removidas por la empresa.

  • La sanción se impuso por los derrames de petróleo ocurridos en enero y febrero de 2016 en Chiriaco (Amazonas) y Morona (Loreto).
  • El OEFA determinó que la empresa estatal de hidrocarburos incumplió su compromiso de dar mantenimiento integral al Oleoducto Norperuano.

Una sanción que supera los 49 millones de soles impuso el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) a la empresa estatal Petroperú, por dos derrames de petróleo ocurridos el 25 de enero y el 2 de febrero del 2016, en el Oleoducto Norperuano.

Luego de casi dos años de ocurridos estos hechos, la empresa recibió la multa más alta que haya impuesto OEFA por los daños ocasionados en las localidades de Chiriaco, región Amazonas; y Morona, en la región Loreto.

La suma aplicada corresponde a las multas por ambos casos que sumadas alcanzan los 49 749 795 (alrededor de 15 millones de dólares) es decir 12 283.90 unidades impositivas tributarias (UIT). Cada UIT tiene un valor de 4050 soles.

El derrame de petróleo que afectó los ríos Chiriaco y Marañón se produjo el 25 de enero de 2016.

Para aplicarla, OEFA determinó que Petroperú incumplió su compromiso de dar mantenimiento integral al oleoducto, como estaba definido en su Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA).

Con esta sanción se reafirma el precedente de que Petroperú no le da mantenimiento al Oleoducto Norperuano (ONP), además que no sigue los procedimientos para controlar los derrames y que estos producen daños reales, dice Rocío Meza, abogada del área de Litigio Estratégico y Pueblos Indígenas del Instituto de Defensa Legal (IDL).

La demanda ante el OEFA para el proceso administrativo sancionador contra Petroperú fue presentada por Edwin Montenegro de la Organización Regional de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Peruana del Norte del Perú (Orpian-P) y Wrays Pérez del Gobierno Autónomo Territorial Wampis y contó con la defensa del Instituto de Defensa Legal.

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La abogada de IDL considera, además, que la importancia de esta sanción radica no solo en el monto asignado, sino en la contundencia de la misma, pues ha declarado fundados todos los hechos denunciados.

“Creo que lo más importante de la sentencia es el reconocimiento de que el oleoducto es obsoleto, no se le da mantenimiento, solo se están apagando incendios y mientras el ONP siga en esas condiciones continuarán los desastres”, agrega Meza.

En el 2016, el OEFA también impuso una multa a Petroperú por el derrame ocurrido en el año 2014, en la comunidad de Cuninico, región Loreto. Foto: Copyright © Barbara Fraser.

Para Alicia Abanto, adjunta para el Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo, la sanción reafirma que la empresa ha infringido las normas técnicas y ambientales en la gestión del Oleoducto Norperuano.

No se trata de la primera multa que recibe Petroperú —indica la adjunta de la Defensoría del Pueblo—  ya que esta empresa ha sido sancionada en el año 2016, con 10 184 285  soles, por el derrame que se produjo en Cuninico, en la región Loreto. No obstante —dice— esta nueva sanción evidencia que Petroperú no ha invertido en el cumplimiento de sus obligaciones técnicas y ambientales y, por tanto, no ha realizado el mantenimiento de su infraestructura que ya es antigua y requiere de inversión.

“La gestión debe ser investigada en otras instancias, pues esta multa es solo la punta del iceberg que ratifica que no hubo una adecuada gestión en la empresa estatal”, puntualiza Abanto, quien agrega que se trata de una falta reiterativa que confirma la precariedad del Oleoducto Norperuano.

La funcionaria recordó el último informe de la comisión del Congreso de la República encargada de investigar y determinar las responsabilidades detrás de los derrames de petróleo ocurridos en la Amazonía peruana, que encontró indicios de corrupción en los procesos de contratación de las empresas encargadas de atender los desastres ambientales.

Al respecto, dijo que se debe investigar si detrás de la mala gestión del ONP hay acciones de corrupción y que una vez aprobado el informe en el Congreso se debe derivar a la Fiscalía de la Nación para que el Ministerio Público profundice las investigaciones.

En diciembre de 2017, comisión del Congreso de la República presentó informe sobre responsabilidades detrás de los derrames de petróleo. Foto: Cortesía Congreso de la República.

“Se debe esclarecer las irregularidades y establecerse las responsabilidades penales o administrativas” dijo Abanto, y agregó que le preocupa el nivel de hartazgo y desconfianza en las comunidades ante las reiteradas infracciones, una tensión que no debe dejarse así y para lo que se debe buscar soluciones.

El informe del Congreso, presentado en diciembre de 2017, ha establecido que en los últimos 9 años se derramaron por lo menos 25 000 barriles de petróleo, es decir, alrededor de 4 millones de litros de crudo vertidos en la Amazonía, principalmente en los departamentos de Loreto y Amazonas, según ha informado Mongabay Latam en un reciente artículo.

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Así fueron los derrames

Ambos derrames de petróleo ocurrieron en un periodo de solo dos semanas. En el primero, del 25 de enero de 2016, el crudo se dispersó por unos 40 kilómetros del río Chiriaco y llegó hasta su desembocadura en el río Marañón.  La zona afectada corresponde al caserío Villa Hermosa, distrito de Imaza, provincia de Bagua, en la región Amazonas.

En esa ocasión, por los menos 2000 barriles de petróleo se vertieron en la zona. El presidente de la Orpian-P, Edwin Montenegro, declaró en aquella ocasión que “Petroperú está más preocupada en recuperar el petróleo perdido que en limpiar la zona afectada y brindar asistencia a las comunidades que ahora ven contaminada su principal fuente de agua”.

En un primer momento, mediante un comunicado, la empresa estatal sostuvo que “el hidrocarburo no ha afectado a ningún río ni vía de agua de la zona”. Sin embargo, la lluvia ocurrida días después del derrame llevó el crudo hasta los ríos Chiriaco y Maranón. Imágenes difundidas por diversos medios mostraron esta realidad.

El dirigente indígena denunció que la empresa estatal pagaba 10 soles a los miembros de las comunidades por cada balde con petróleo que se recogía en la zona y dijo que por lo menos 200 personas trabajaban recuperando el crudo, incluidos niños, sin ninguna protección y sin tomar en cuenta lo tóxico que es el petróleo.

Tras el derrame en Chiriaco, se denunció que incluso niños trabajaban para recoger el crudo vertido. Aquí, un grupo de menores del poblado de Nazaret enseñan la ropa que usaron para sacar petróleo del río. Foto: Barbara Fraser.

Al respecto, en un comunicado, Petroperú aseguró que no había menores de edad en labores de recuperación en Oleoducto Norperuano, pero confirmó que las personas contratadas para estas tareas eran de la zona, aunque no especificó los montos que se pagaba a los trabajadores de la zona.

El segundo derrame, del 2 de febrero de 2016, ocurrió en el distrito de Morona, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto. Esta vez, la fuga fue de más de 1000 barriles de petróleo que brotaron a la altura en el kilómetro 206 del Oleoducto Norperuano (ONP).

Tras el derrame, se informó sobre la pérdida de cultivos y la contaminación del río Morona, situaciones que afectaban directamente a por lo menos 2500 personas. Los habitantes de los caseríos y comunidades de la zona se vieron obligados a utilizar el agua de la lluvia para sus actividades diarias.

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Efectos negativos en los ecosistemas

En la extensa resolución emitida el 22 de diciembre del año pasado, el organismo fiscalizador indica que “Petroperú ocasionó impactos negativos generando daño real a la flora y fauna y a la vida o salud humana producto de los derrames de petróleo”.

OEFA sancionó a Petroperú por daños reales a la flora, fauna y a la vida o salud humana. Foto: Juan Duber / Jaime Segura.

El documento especifica que luego de un análisis de laboratorio se ha comprobado la presencia del hidrocarburo en el agua y el suelo del área donde ocurrió el derrame. Asimismo, señala que ha quedado demostrado el daño real a la flora y fauna silvestre, así como a las especies hidrobiológicas.

Incluso en el último informe oral de Petroperú, del 15 de diciembre de 2017, casi dos años después de ocurridos los derrames, la empresa estatal señala que no se ha observado la presencia de fauna silvestre en el área afectada, indica la resolución de OEFA.

Sobre el daño a la vida o salud humana, la resolución de OEFA “reconoce que los efectos negativos de los derrames sobre la salud de los miembros de las comunidades de las áreas afectadas no solo se presentan por el contacto directo con el hidrocarburo, sino por la degradación de los ecosistemas”.

En ese sentido, indica que tanto en Chiriaco como en Morona la presencia de petróleo en la zona produjo un alejamiento de las especies de fauna que forman parte de la dieta diaria de las comunidades.

Fueron 190 centros poblados, con un total de 38 285 habitantes asentados en las áreas de influencia de los derrames de hidrocarburos ocurridos en los distritos de Imaza, región Amazonas, y Morona, región Loreto, que han sido impactados de manera directa e indirecta. Por tanto, “constituye un hecho probado que la afectación de estas zonas tendrá un impacto negativo en las comunidades”, se lee en el documento de OEFA.

Según la resolución de OEFA, 190 centros poblados fueron afectados directa e indirectamente por los derrames de Chiriaco y Morona.

Específicamente se indica que las comunidades se han visto afectadas en la pesca, actividades agrícolas y pecuarias. Señala que el crudo alcanzó áreas de cultivo de plátano, cacao y otros, y que ambos márgenes de los ecosistemas por donde discurrió el derrame se usan para fines agrícolas de consumo y comercial.

En otro momento se refiere a la absorción de los compuestos del petróleo por las personas, ya sea por el contacto, la respiración o la ingesta de alimento, situaciones que producen irritación de piel y ojos, y en casos de exposición repetida causa náusea vértigos, dolores de cabeza y podría generar hasta cáncer. “Las comunidades que se asientan en el curso de los ríos están expuestas al ingreso de contaminantes a sus cuerpos y afectar su salud”, se precisa en el documento.

Al respecto, Juan Carlos Ruiz Molleda, Coordinador del Área de Pueblos Indígenas del Instituto de Derecho Legal, señala que la resolución es muy importante porque se ha reconocido una afectación real y objetiva, una relación causal entre el derrame y el daño a la salud, a diferencia de casos anteriores en los que solo se admitían daños potenciales.

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Sin mantenimiento

A Petroperú también se le ha sancionado por no adoptar las acciones inmediatas para controlar y minimizar los impactos negativos ocasionados por los derrames de petróleo, indica la abogada del IDL.

La sanción se impuso también porque Petroperú no realizó mantenimiento integral al Oleoducto Norperuano

“Petroperú ha demostrado que su sistema de contingencia no funciona, porque en los derrames demoraron hasta seis días en llegar a la zona”, dice Rocío Meza, quien también critica a la empresa estatal por presentar siempre la excusa de que las roturas en el oleoducto se deben a acciones de sabotaje.

Meza dijo que durante la sustentación del caso se presentaron incluso las declaraciones públicas que hizo en el año 2016 el entonces ministro del Ambiente Manuel Pulgar Vidal cuando dijo que el ONP era obsoleto.

OEFA no aceptó como válidos los 32 informes presentado en el caso de Chiriaco y 15 para Morona, como se puede ver en la resolución del organismo fiscalizador. En todos los casos indica que la información no corresponde a la zona de los derrames o que no contienen información que permita saber si se realizaron los mantenimientos respectivos. Indica también que está comprobado que los derrames ocurrieron debido a la corrosión del oleoducto.

Vale mencionar que la sentencia se dicta dentro del marco de la ley 20230, una norma aprobada en el año 2014 que permite la aplicación de una multa solo cuando se comprueba la reincidencia o el daño grave a la salud de la vida y las personas, situaciones que han sido probadas en estos casos, explicó la abogada de IDL.

Mediante comunicación escrita, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental señaló a Mongabay Latam que Petroperú tiene hasta el 15 de enero de este año para apelar esta multa impuesta en primera instancia, pero hasta el momento no ha presentado su apelación. Precisó también que existen otros procesos en camino contra la empresa estatal, pero que aún se encuentran en etapa de confidencialidad.

Mongabay Latam se contactó con Petroperú para consultar qué acciones tomará, pero hasta el cierre de la nota no recibimos respuesta.

Más de 1000 barriles de petróleo se extendieron por el río Morona, en la región Loreto. Foto: Fediquep / Renato Pita.

Rocío Meza, del IDL, señala que la resolución es bastante contundente y reconoce la acción independiente del organismo fiscalizador.

Por su parte, Ruiz Molleda considera que esta sentencia marca una línea de acción en el tema de daños por los derrames petroleros. Agrega que se debe realizar una auditoría internacional para saber la situación real del Oleoducto Norperuano y que, en coordinación con las comunidades indígenas, solicitará que se respete la norma mediante la cual los gobiernos regionales deben destinar el 10 % del canon que reciben en favor de comunidades afectadas por actividad petrolera.

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