- Las cuentas del CEDIB fueron congeladas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI). La ONG denuncia que esto ocurrió sin previa notificación de la autoridad judicial.
- La Ley N° 351 sobre otorgamiento y registro de personalidades jurídicas de organizaciones de la sociedad civil fue objetada por varias instituciones por atentar a la libertad de asociación en Bolivia.
El pasado 28 de noviembre, el Centro de Documentación e Investigación de Bolivia (CEDIB), una ONG boliviana con una trayectoria de 45 años dedicada a la investigación sobre derechos humanos y recursos naturales en el país, recibió la noticia de que las cuentas bancarias de la institución habían sido congeladas por orden judicial a requerimiento de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
“Se ha violado el debido proceso y se ha aplicado la más severa sanción sin haber recibido nosotros una notificación judicial, que es lo que correspondía. Hasta ahora el CEDIB no ha sido notificado oficialmente”, dijo a Mongabay Latam el director ejecutivo del CEDIB, Marco Gandarillas. Añadió que se le hizo conocer a la ONG que existía una deuda de 152 000 dólares desde hace 10 años con la Universidad Mayor de San Simón de Cochabamba, con la que tenían un convenio interinstitucional por el alquiler de sus instalaciones desde hace 23 años, y de donde fueron desalojados forzosamente el pasado 8 de abril de 2017.
Para el director de la ONG, esta deuda no tiene ningún sentido, puesto que los montos acordados en el convenio eran mucho menores y es algo que resolverán cuando inicien la demanda.
Gandarillas indicó también que desde hace tiempo el CEDIB es amenazado por el gobierno nacional con ser ilegalizado. ‘’Ya nos han dicho que estamos en una especie de incumplimientos administrativos refiriéndose a un trámite de adecuación de nuestra personería jurídica a una ley que nos subordina a políticas nacionales y sectoriales (Ley N° 351), como por ejemplo a aquellas que permiten actividades hidrocarburíferas al interior de áreas protegidas, o que vulneran el derecho de los pueblos indígenas a la consulta libre, previa e informada en proyectos extractivos’’, manifestó con preocupación el director ejecutivo de la organización, que ha sido crítica a las políticas extractivas del gobierno boliviano.
El viceministro de autonomías, Hugo Siles –cuyo viceministerio depende del Ministerio de la Presidencia, y está dando seguimiento al proceso de cumplimiento de la Ley 351– advirtió en la prensa que aquellas instituciones que no readecuaron sus estatutos a la Ley N° 351 sobre otorgación y registro de Personalidad Jurídica han cometido desacato y que ello tiene consecuencias.
Reacciones de apoyo a favor del CEDIB
La organización Amnistía Internacional (AI) lanzó una acción urgente a favor del CEDIB, haciendo conocer las amenazas que cursan sobre la ONG boliviana. En el comunicado, AI informa que luego de la congelación de las cuentas bancarias de la organización por orden judicial, sobre la base de un procedimiento administrativo iniciado por el señor Juan Ríos, rector de la Universidad Mayor de San Simón (UMSS) de Cochabamba, no se notificó a la institución, evitando de esta manera su derecho al debido proceso.
Otra de las instituciones de la sociedad civil que ha hecho público su respaldo al CEDIB ha sido el Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS), una de las organizaciones más emblemáticas del país en el tema de derechos de los pueblos indígenas. El CEJIS también exhortó a las autoridades públicas del país a que detengan todo hostigamiento al CEDIB.
También se solidarizó con el CEDIB el expresidente de Bolivia Carlos Mesa, quien publicó en su cuenta personal de Twitter: ‘’#AguanteCEDIB Por su tarea de tantos años, porque es parte de la memoria del país, por el derecho a la palabra. Mi apoyo a CEDIB’’.
¿Qué establece la Ley N° 351?
El 19 de marzo del año 2013, el gobierno boliviano promulgó la Ley N° 351 de Otorgación de Personalidades Jurídicas, una norma que tiene como objetivo el otorgamiento y el registro de las personalidades jurídicas a organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen sus actividades en más de un departamento y cuyas actividades sean no financieras. Posteriormente, en fecha 5 de junio de 2013 el gobierno nacional aprobó el Reglamento Parcial a esta norma, por medio del Decreto Supremo N° 1597.
Respecto al hecho, el exdefensor del pueblo, Rolando Villena, presentó en el mes de junio de 2013 un recurso de inconstitucionalidad sobre esta norma, en el cual señaló que la misma vulneraba el funcionamiento libre de las organizaciones sin fines de lucro, y que podría permitir su cierre.
Villena presentó el recurso de inconstitucionalidad por el artículo 7 parágrafo II, numeral 1 de la Ley N° 351 que establece: Los estatutos de las organizaciones no gubernamentales y fundaciones, deberán mencionar en su contenido, adicionalmente a lo requerido en el parágrafo anterior: 1. La contribución al desarrollo económico y social.
También por lo establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo 1597 del Reglamento de la norma, en su inciso G, que determina: Revocatoria de personalidad jurídica por incumplimiento a las políticas y/o normas sectoriales, previo informe del Ministerio del área.
Según un comunicado del Relator Especial de Naciones Unidas sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y Asociación, Maina Kiai, emitido en abril de 2015, el artículo 7 parágrafo II, numeral 1 sobre el cual Villena presentó el recurso de inconstitucionalidad, condiciona el otorgamiento o la confirmación de la personalidad jurídica. Así también, genera dudas sobre si las organizaciones de la sociedad civil pro derechos humanos, las que luchan por los derechos de las minorías o se oponen a alguna política gubernamental se verían limitadas al momento de definir libremente sus objetivos, a fin de recibir o conservar su personalidad.
El comunicado de Maina Kiai, también expresó que la Ley N° 351, restringe injustificadamente el derecho a la libertad de asociación que conceden la ley, las normas y los principios internacionales.
Pese a los diferentes reclamos que tuvieron lugar, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió un fallo sobre el recurso presentado por el exdefensor del pueblo Rolando Villena, declarando la constitucionalidad de los artículos 7 parágrafo II y su numeral 1 de la Ley 351 y el artículo 19 del mencionado Decreto Supremo 1597.
‘’No se advierte desconocimiento, vulneración y menos lesión a los principios de supremacía constitucional y jerarquía normativa, resultando por ello (las normas en cuestión) son constitucionales”, concluyó el fallo del TCP.
Alcides Vadillo, el representante regional de la Fundación Tierra, expresó en la prensa el 5 julio de 2016 que con esto, el gobierno se estaría tomando facultades de suprimir y suspender instituciones sin proceso previo alguno.
“En este caso lamentablemente se vulnera el derecho a la libre asociación. Nos preocupa porque así se cerrarían algunas instituciones indefensas. La idea es que cuando una institución con personería jurídica comete un hecho ilegal se la someta a proceso por vía judicial, sino que ahora sería una decisión de justicia administrativa”, manifestó Vadillo.
Mongabay Latam consultó la opinión del abogado especialista en derecho agroambiental Bernardo Caballero, quien manifestó que el reclamo que tienen algunas ONG y fundaciones a la Ley N° 351 fue que vulneraba el derecho a la libre asociación. ‘’Se está forzando a instituciones que tienen derechos civiles y derecho a la asociación para los fines que vean convenientes, mientras estos no sean ilegales, a que se alineen a políticas nacionales con las que de repente no están de acuerdo, entonces ahí se estaría vulnerando el derecho a la libre asociación’’, indicó.
Mongabay Latam se contactó con el viceministerio de autonomías para obtener una opinión de esta entidad. Allí el señor Enrique Aranguren, funcionario de esta sección ministerial, comunicó que no estaba autorizado en proveer información respecto a este tema, y que debíamos comunicarnos directamente con el viceministro Hugo Siles. Al consultarle sobre sus datos de contacto mencionó que los desconocía.
Para Marco Gandarillas la obligación de las organizaciones de la sociedad civil de adecuarse a esta norma no es algo viable en una sociedad democrática, que tienen el derecho de organizarse independientemente, incluso de una manera crítica, para fiscalizar los actos de las autoridades del estado.
¿ONG bajo presión?
Gandarillas afirmó a Mongabay Latam que las ONG se encuentran en riesgo y bajo presión, ya que el gobierno actúa por distintas vías, como legales, administrativas o inclusive amenazas de fiscalización, lo que ha puesto en riesgo la actuación de las organizaciones de la sociedad civil.
‘’En una sociedad democrática la sociedad civil debe ser una contraparte del Estado, en el sentido de observar y fiscalizar las acciones de este. Ahora en Bolivia eso tiene un costo, un altísimo costo, y se ha planteado una estrategia altamente defensiva y se ha lanzado un mensaje a la sociedad civil de que si se mantiene este perfil van a haber consecuencias graves’’, describió Gandarillas.
En un artículo de opinión, Rafael Puente, quien es miembro del Colectivo Urbano por el Cambio (CUECA) de Cochabamba, manifestó que el delito del CEDIB fue la defensa intransigente del medio ambiente y la denuncia permanente de la tendencia extractivista, así como algunas de las incongruencias de las políticas de Estado, como la Ley Minera, las amenazas a los pueblos indígenas, la carretera por el TIPNIS o la exploración sísmica de hidrocarburos en plena Amazonia sin respetar los parques nacionales.
En junio de 2015, el presidente del Estado, Evo Morales, lanzó una advertencia en un acto público, de que se expulsará del país a cualquier ONG o fundación que intente perjudicar la exploración de hidrocarburos. “Quiero decirles: ONG, fundación que perjudique la exploración de los recursos naturales se va a ir de Bolivia, compañeros. No necesitamos instituciones que vengan del exterior a perjudicarnos acá”, fueron las palabras del mandatario.
De igual manera, en agosto de 2015, el vicepresidente del país, Álvaro García Lineras, amenazó directamente al CEDIB y otras tres organizaciones con expulsarlas de Bolivia, luego de que estas instituciones cuestionaran el grupo de decretos supremos que permitían la exploración y explotación de petróleo dentro de áreas protegidas y zonas donde habitan pueblos indígenas.
Para la abogada Eliana Torrico, quien es representante del Colectivo Árbol y la Plataforma por el Medio Ambiente y Vida, lo sucedido con el CEDIB debe preocupar a todas las organizaciones de la sociedad civil que trabajan por la defensa del medio ambiente en Bolivia. ‘’Lo mismo nos puede suceder el día de mañana a las demás instituciones’’, manifestó Torrico a Mongabay Latam.
Para Gandarillas, el hostigamiento que sufre actualmente el CEDIB se debe principalmente a que muchas de sus investigaciones son la base y fundamento con el que muchas comunidades defienden sus derechos con mayor solvencia.
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