- ¿Qué opiniones hay con relación a la idea de realizar más intervenciones en la reserva?
- ¿Qué valor ambiental posee esta reserva forestal protectora?
En el primer semestre de este año se conocerá una nueva propuesta por parte de la administración municipal de Bogotá para intervenir la Reserva Forestal Protectora del Norte de Bogotá D.C. Thomas van der Hammen, que contempla la construcción de más viviendas y vías de transporte en esta área de la capital colombiana.
El año pasado, el alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, expuso su propuesta para la reserva en la Universidad de los Andes. En ese encuentro el alcalde sostuvo que de las 1395 hectáreas que conforman la reserva, el 92,2 % está ocupado por cementerios, colegios, universidades, cultivos de flores, canchas de fútbol, centros de salud y escombreras ilegales, según se informa en la página del gobierno municipal.
Peñalosa presentó a los asistentes su proyecto Ciudad Paz, definido por la alcaldía como un nuevo modelo de ciudad que se dividirá en cuatro componentes: Ciudad Norte, Ciudad Río, Ciudad Bosa-Soacha y Ciudad Mosquera. Ciudad Paz consta de 5329 hectáreas para responder a las necesidades de vivienda de 3,9 millones de personas más que se estima Bogotá tendrá en los próximos 40 años.
En la página de la administración municipal presentan los beneficios de este proyecto. “El proyecto tendrá un efecto positivo no solo en materia ambiental, sino de movilidad, porque permitirá destrabar la construcción de vías cruciales, como la Avenida Longitudinal de Occidente (ALO), la avenida Ciudad de Cali, la Autopista Cota – Calle 170 y la avenida Boyacá”.
El burgomaestre argumentó que la no urbanización de la zona de reserva “está bloqueando todas las vías en el norte de la ciudad (Avenida Longitudinal de Occidente, Avenida Ciudad de Cali, Autopista Norte, Cota – Calle 170 y Avenida Boyacá). Mientras se mantenga esta reserva la movilidad por ese sector va a seguir bloqueada”.
Ante su propuesta las reacciones de expertos y activistas no se hicieron esperar. Esta posibilidad de urbanización y desarrollo contradice la necesidad de frenar la intervención en esta área.
Hace más de una década, el concepto de los expertos[i] consultados por el Ministerio del Medio Ambiente invitaba a protegerla: “El extremo norte del Distrito Capital, constituye una parte importante y única del patrimonio ecológico, histórico y cultural del Distrito, y por lo tanto, el Alcalde Mayor y el Concejo están obligados a protegerlo y conservarlo según lo ordena la Constitución Nacional. Las propiedades privadas en esa área tiene una función ecológica que debe ser asegurada por el Estado, por sus propietarios, y por el resto de la sociedad civil, según lo ordena también la Constitución”.
La declaratoria de esta área como reserva ocurrió el 19 de julio de 2011 mediante el acuerdo 011 del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma de Cundinamarca.
La zona fue denominada como Reserva Forestal Protectora del Norte de Bogotá D.C. Thomas van der Hammen. “La reserva es la categoría jurídica establecida como marco para gestionar y lograr condiciones de restauración y conservación de determinados ecosistemas”, explicó la abogada María Mercedes Maldonado.
Así la define el Código Nacional de Recursos Naturales y del Medio Ambiente:
Artículo 206º. “Se denomina área de reserva forestal la zona de propiedad pública o privada reservada para destinarla exclusivamente al establecimiento o mantenimiento y utilización racional de áreas forestales productoras, protectoras o productoras-protectoras”.
La declaratoria fue necesaria para garantizar que este importante ecosistema no fuera alterado, de manera que se evitara un impacto negativo en el mismo y se perdieran los valores ambientales que posee.
Desde entonces grupos de expertos y activistas se han organizado para socializar con más ciudadanos la importancia de este ecosistema.
“La reserva fue concebida como el vínculo natural entre los Cerros Orientales y el río Bogotá, promoviendo la integración de los complejos de humedales de la Sabana y los Cerros de Suba y la Conejera. Esta conexión es fundamental tanto en términos de la dinámica hidrológica de la Sabana como en conectividad y continuidad ecológica entre las poblaciones de fauna y flora en estos múltiples ecosistemas,” señaló a Mongabay Latam José González, doctor en ciencias y director científico del Proyecto de Conservación de Aguas y Tierras – Pro-CAT Colombia/Internacional.
Para que esta área fuera declarada como reserva fueron determinantes el panel de expertos, miembros de la Academia Colombiana de Ciencias Exactas y, por supuesto, Thomas van der Hammen, investigador, biólogo, geólogo, botánico y arqueólogo holandés-colombiano que reconoció desde el principio la importancia de proteger esta zona.
Thomas van der Hammen, cuyo nombre lleva la reserva, murió en el año 2010. Su nieta Sabina Rodríguez van der Hammen, continuando con su cariño y preocupación por este ecosistema, coordina algunas de las iniciativas ciudadanías, como la veeduría de la reserva para protegerla.
Sabina Rodríguez van der Hammen reflexionó sobre las consecuencias de una posible intervención en la reserva. “Nos perderíamos la gran oportunidad de vivir con nuestros ecosistemas, de unirnos como sociedad alrededor de la vida, de la restauración de la naturaleza. Nos perderíamos la mejor aula ambiental viva en la que todos y todas podríamos ser partícipes del proceso de restauración, aprender y disfrutar de la naturaleza; nos perderíamos la posibilidad de contar con una gran reserva dentro de la ciudad que nos muestre que la vida con la naturaleza es posible”.
Si bien en la zona hay colegios, cultivos de flores y clubes, entre otros; estas áreas intervenidas, denominadas de uso sostenible, ocupan el 44,44 % del territorio de la reserva, según indica el Plan de Manejo Ambiental.
Pese al impacto de la actividad humana antes de que la zona fuera declarada como reserva, aún quedan en la zona búhos, ardillas, patos migratorios y especies de aves endémicas y no endémicas, señaló Patricia Bohórquez, bióloga y miembro de la Fundación Natura, Territorio y Paz.
Un documento de la Academia Colombiana de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales (Accefyn) avala sus valores ambientales y biológicos y estableció que “coberturas vegetales divididas en bosques, pastizales y humedales, mostraron una enorme diversidad, con un total de 486 especies (que con líquenes, musgos y hepáticas aumenta a 514 especies), de las cuales el 80 % son nativas”.
Además, señala el documento, las aves, vinculadas a los ecosistemas de bosque, pastizales y humedales, indican una actividad muy importante de conexión con los ecosistemas de los cerros orientales y los cerros de Suba, Chía y Cota.
El informe también indica que hay varias especies de pequeños mamíferos y de mariposas. El documento resume la historia previa a la declaratoria de la reserva.
Por su parte, la Corporación Autónoma de Cundinamarca (CAR), autoridad ambiental del departamento, estableció como objetos de conservación: la cobertura vegetal, natural y seminatural, el sistema de humedales, los acuíferos, los suelos agrológicos clases I y II, la avifauna, el patrimonio arqueológico y cultural y el paisaje.
En la categoría vegetal, natural y seminatural identificó ecosistemas en peligro de extinción como el Bosque de las Mercedes y la cobertura vegetal del Humedal la Conejera. Y estableció que conservar las coberturas vegetales existentes (bosques y matorrales) es necesario para perpetuar especies de flora y fauna propias de este ecosistema de relictos, fragmentos.
“Los humedales presentes en la reserva prestan servicios ecológicos fundamentales, por ser hábitat de especies endémicas, especialmente de aves acuáticas, y que además son sitios de paso de las aves migratorias. En el área de la reserva se identificó la presencia de dos especies endémicas de la Cordillera Oriental: Synallaxis subpudica (Chamicero) y Conirostrum rufum (Picocono rufo), aves que utilizan como hábitat los bosques y matorrales de la reserva”, informó la CAR [ii].
La importancia de la reserva radica en lo que tiene y lo que en ecología se conoce como potencial de restauración y de conectividad: “Allí reside su principal importancia, pues estas áreas, relictos, sumadas a los agroecosistemas existentes, pueden permitir tener un importante bosque restaurado a futuro, que junto a excelente zonas de espacio público al interior de la reserva constituirían un excelente Parque-Reserva, ese es el propósito del Plan de Manejo Ambiental que formuló la CAR”, afirmó Andrés Ramírez.
Además posee valores ambientales: funciones de áreas conectoras de la estructura ecológica regional, relictos de ecosistemas en buen estado, bosque bajo andino y humedales, que la reserva es parte de las 218 áreas de endemismo aviar del planeta y es hábitat de aves endémicas con importancia para la conservación, entre otros.
Luego de varios años de trabajo, el 23 de septiembre de 2014 se adoptó El Plan de Manejo para la Reserva Regional Productora del Norte de Bogotá, D.C. Thomas van der Hammen.
Durante la elaboración del plan de manejo se definieron varias zonas que establecen lo que está permitido o no dentro de la reserva. Estas zonas son: de preservación, 5,84 %; restauración, 39,61 %; protección al paisaje, 9,91 %; y de uso sostenible, 43.75 % subdivida en dos: de uso múltiple y de alta densidad de uso.
En la zona de uso sostenible se encuentran los usos anteriores a la declaratoria de la reserva: actividades agropecuarias, industriales, comerciales y servicios, residencial, y dotacionales, que incluyen los cementerios.
Es importante recordar que en la zona de uso sostenible se realizan actividades productivas y extractivas compatibles con los objetivos de la conservación y que el parágrafo del artículo 12 del plan de manejo permite cambiar las actividades desarrolladas en la zona de uso sostenible, previa autorización de la CAR, si el interesado demuestra que el nuevo uso produce un impacto ambiental y ecológico menor al existente y permite cumplir, de mejor manera, los objetivos de conservación[iii].
Futuro de la reserva
Con la adopción del plan de manejo de la reserva se definieron medidas para su protección inmediata.
Por ejemplo, se destinó un monto para la compra de predios, pero este dinero no se ejecutó, no hubo compra. Néstor Franco, director general de la CAR, explicó a Mongabay Latam.
“Mientras Catastro distrital tiene los predios avaluados a X + Y, el avalúo nuestro es ambiental, o especial, que por ser zona rural da muy por debajo (…) En el año 2014 no hubo voluntad de venta por cuenta de la gente de la reserva porque creía que el precio de venta que se estaba tasando era muy bajo”, indicó.
Otra de las acciones previstas fue la sustitución paulatina de los cultivos de flores, a siete años, pues esta actividad no permite la conectividad deseada debido al espacio que ocupa, su impacto paisajístico y el uso intensivo del agua subterránea.
¿Cuántos cultivos se sustituyeron desde entonces? Ninguno. El director de la CAR Cundinamarca señaló que “existe un plazo de siete años, pero no se dijo que se tienen que sustituir en el año 1 tantas hectáreas o tantas siembras sino que en el año siete no puede haber flores allá. Y como los cultivos de flores son de alta rotación, pues ellos van a aprovechar hasta el último momento del plazo para desmontar los invernaderos”.
Otra medida prevista fue el desmantelamiento de las actividades industriales, incompatible con los objetivos de conservación. El plazo para hacerlo es de tres años. Han pasado dos años y cuatro meses. ¿En qué va ese proceso? Néstor Franco respondió que no se ha vencido el plazo.
Desde la presentación del plan de manejo, en el año 2014, tampoco se hicieron arreglos florísticos, parches arbóreos y zona de jardines para mitigar el impacto de las construcciones existentes y armonizar su existencia con los objetivos de conservación. El director general de la CAR Cundinamarca afirmó que no ocurrió porque no se adquirieron predios con esa finalidad, tampoco un particular se ha manifestado para que la entidad entre a hacerlo.
Lo que sí ha hecho la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca es instalar entre el 19 y 23 de diciembre de 2016 las vallas con la señalización de la reserva; llevar a cabo acciones educativas a través de la divulgación de información sobre la reserva con vallas; formular un plan de uso en armonía con el plan de manejo y educación ambiental, esta última en proceso, con cinco colegios ubicados en el área, entre otros.
Mientras la Secretaría de Planeación Distrital prepara su propuesta para presentarla ante la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca en el primer semestre de este año, expertos y activistas están atentos a las medidas a implementarse.
“Las ciudades sostenibles hoy en día construyen infraestructuras grises (puentes, vías) pero también infraestructuras verdes y azules, estas son las áreas que prestan servicios ecosistémicos valiosos para nuestra salud en las ciudades (buen aire, áreas para la recreación, áreas para la biodiversidad, buen manejo de los ríos y quebradas, etcétera)”, dijo a Mongabay Latam el ecólogo Andrés Ramírez.
Fortalecer, proteger, preservar, mejorar y restaurar son palabras que se repiten en el plan de manejo de la reserva cuyo futuro está por resolverse. “Restaurar y recuperar esta zona es clave para pensar en una ciudad adaptada y resiliente al cambio climático, una ciudad ecológicamente inteligente que pueda seguir disfrutando de los beneficios de tener una estructura ecológica sana”, puntualizó José González, PhD en ciencias naturales.
Finalmente la abogada y activista María Mercedes Maldonado afirmó que “la ciudadanía sigue contando con la posibilidad de tener un gran parque urbano con fines de conservación ambiental, que es el proyecto de futuro que más cala en este momento”.
NOTAS
[i] Concepto 28 de marzo de 2000 enviado al entonces Ministro de Ambiente Juan Mayr Maldonado.
[ii] Acuerdo 021 del 23 de setiembre de 2014 por medio del cual se adopta el Plan de Manejo Ambiental de la Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá, D. C. Thomas van der Hammen.
[iii] El Código Nacional de Recursos Naturales, en su artículo 210, permite sustraer áreas dentro de un área protegida siempre y cuando sea para la ejecución de proyectos de utilidad pública e interés social; en esos casos, hay que demostrar que esa actividad no va a interferir con los objetivos de conservación del resto de área protegida. Este artículo del Código de Recursos Naturales es citado en el Plan de Manejo Ambiental de la Reserva Thomas van der Hammen en su artículo 20, sustracciones.