- En julio y octubre de este año se cumplen los plazos para que los pescadores artesanales puedan formalizarse, pero hasta ahora menos del 4 % ha logrado hacerlo.
- Los pescadores acusan a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de pedir requisitos arbitrarios y de imponer barreras burocráticas en el proceso.
- Si los plazos se cumplen y los pescadores no se formalizan, quedarán impedidos de extraer recursos marinos y, si lo hacen, serán considerados ilegales.
Actualización: El Indecopi resolvió la denuncia a favor de los pescadores y declaró como barreras burocráticas ilegales las exigencias de la Dicapi. Actualmente, de las 3353 embarcaciones, solo 150 tienen permiso de pesca y el primer plazo para que los pescadores puedan formalizarse se cumple en 31 días.
El último censo que da cuenta del número de embarcaciones artesanales operando de manera irregular en el Perú data de 2012. Hasta ese año, se calculaba que el 62 % de esas naves se movían en las inestables aguas de la informalidad.
Los problemas que se derivan de operar bajo estas condiciones son diversos, pero si hay uno que es considerado el principal y con el que coinciden distintos especialistas es la dificultad de poder asegurar que un producto ha sido obtenido de manera legal.
Por eso, en el 2016, el Estado peruano puso en marcha el proceso de formalización de la pesca artesanal promoviendo la creación de cooperativas. Lo que buscaba el Estado era hacer que los pescadores se asocien para comercializar juntos sus productos, acceder a créditos, adquirir bienes, entre otros servicios, y en el camino abandonar la informalidad. Pero como no todos quisieron sumarse a este plan, en el 2018 se creó el Sistema de Formalización Pesquera Artesanal (Siforpa II).
Hoy, a meses de que se cumpla el plazo para formalizarse, de las 3353 embarcaciones solo 110 han logrado hacerlo. El problema, es que si se acaba el tiempo y las embarcaciones no se regularizan, son miles los pescadores que tendrán prohibido pescar y, si lo hacen, serán considerados ilegales.
Los pescadores están preocupados y aseguran que tienen la intención de formalizarse. Así lo confirman también organizaciones como la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) y profesionales del sector pesquero que los han acompañado a lo largo de este camino. Sin embargo, precisan que no han podido terminar este proceso ya que les han exigido nuevos requisitos que, según sostienen, son “ilegales” y arbitrarios.
Los expertos instan a las autoridades a destrabar con urgencia el proceso de formalización ya que, de lo contrario, no solamente puede haber graves consecuencias para los pescadores, sino también para los ecosistemas marinos y para la imagen del Perú en el exterior.
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El cuello de botella
Aunque ambos procesos, tanto el seguido por las cooperativas como los que siguieron la ruta del Siforpa II, se crearon con carácter de urgencia y por eso tienen una fecha límite, los plazos se han ido alargando en el tiempo. Según explica el ingeniero pesquero, Renato Gozzer, las cooperativas han tenido cuatro decretos supremos para ampliar el plazo. “Es decir —precisa— que el gobierno cuando ve que no está cumpliendo con el objetivo, en vez de acelerar el paso lo que hace es dilatarlo y lo mismo ha sucedido con el siforpa II (que ha tenido una extensión de plazo)”.
Y hoy nuevamente los plazos están por cumplirse. En el caso de las Cooperativas, el proceso termina en julio de este año y en el caso del Siforpa II, en octubre.
Según Percy Grandez, abogado de la SPDA, “el cuello de botella” que ha impedido que las embarcaciones artesanales logren formalizarse está a nivel de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI).
Para que las embarcaciones puedan formalizarse deben obtener tres permisos. El primero es un certificado de matrícula de la embarcación que lo otorga la DICAPI. El segundo es un protocolo técnico que entrega el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) y el tercero es el permiso de pesca que se obtiene en el Gobierno Regional. Cada permiso es requisito para exigir el siguiente, por lo que no pueden tramitarse de manera simultánea. Según explica Grandez gran parte de las embarcaciones “no se está formalizando porque no pasan el primer filtro, que es obtener el certificado de matrícula”.
En el caso del Siforpa II, que reúne 2508 embarcaciones, según datos actualizados del Ministerio de la Producción, se han obtenido 719 certificados de matrícula y 110 permisos de pesca. Es decir, que el 30 % ha pasado el primer filtro y se espera que a fines de febrero sean 1000 las embarcaciones con matrícula. En el caso de las cooperativas, las cifras son más críticas. De las 845 embarcaciones inscritas, solo 50 han logrado obtener su matrícula, es decir, menos del 6 % y ni una sola ha logrado sacar su permiso de pesca.
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Las razones de la demora
Cuando se creó el Siforpa II, este se reguló a través de un decreto legislativo, una norma con rango de ley. En dicha norma, “se establecieron cuáles eran los procedimientos a seguir para formalizarse”, asegura el abogado de la SPDA, es decir, se especificó que era necesario obtener los tres permisos antes mencionados. Sin embargo, “no se establecieron cuáles eran los requisitos para lograr tener cada uno de estos permisos”, precisa Grandez.
Al no existir requisitos en la norma, la DICAPI los creó a nivel de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). Este documento, que tienen todas las entidades estatales, especifica cuáles son los procedimientos y requisitos que se deben cumplir para obtener una determinada autorización. Sin embargo, precisa Grandez, “tanto los procedimientos como los requisitos solamente pueden ser creados mediante una norma con rango de ley”. Por lo mismo, el abogado asegura que lo que hizo la DICAPI, establecer requisitos a nivel de su TUPA, “es ilegal”.
El requisito que estableció la DICAPI fue que, para obtener el certificado de matrícula, se debe contar con una prueba de inclinación, un procedimiento que demuestra que la embarcación reúne las condiciones de seguridad y que no se va a voltear cuando ingrese al mar.
Pedro Silva, miembro del gremio de pescadores de La Islilla y La Tortuga y representante de estas dos cooperativas, no entiende por qué deben hacer una prueba de inclinación embarcaciones que navegan desde hace años y nunca se han volteado. Dicha prueba, asegura Piero Rojas, abogado representante de las cooperativas, “es un requisito que se le exige a las embarcaciones nuevas, que nunca han navegado”.
Cuando piden esa prueba, “el pescador que pesca perico y pota (dos recursos que se capturan muy lejos de la costa) se ríe”, dice Silva. “Por qué no se suben acá a una lancha y se van con nosotros hasta donde vamos para que vean cómo atravesamos los grandes mares en fase 5, que son las grandes tormentas y los vientos, y pasamos tranquilos. Desde que pasamos esa fase significa que esa lancha está bien hecha y no está para voltearse”, asegura.
En el caso de las cooperativas, “la ilegalidad (de pedir requisitos que no están en la norma y crearlos a nivel del TUPA) es un poco más notoria”, dice Grandez.
Rojas explica que las embarcaciones que están adscritas a las tres cooperativas que existen en el país ya cuentan con un certificado de matrícula. Este, sin embargo, se encuentra desactualizado y en muchos casos no corresponde a las verdaderas dimensiones de la embarcación por lo que el proceso de formalización consiste en obtener uno nuevo.
La norma de Cooperativas, que está regulada a través de un decreto supremo, estableció claramente los requisitos en la ley, a diferencia del Siforpa II que no lo hizo. Según el abogado que representa a las cooperativas, estos establecen que para obtener el certificado de matrícula, se le debe “presentar a la DICAPI el certificado desactualizado, la solicitud de uno nuevo, los planos de la embarcación y pagar las tasas o derecho a trámite que hagan falta. Nada más”. Entre los requisitos, precisa Grandez, “no está la prueba de inclinación por lo que no debería ser exigida”.
“La DICAPI ha realizado arbitrariedades en la tramitación de los certificados porque si bien las norma es clara, en la práctica me están pidiendo más requisitos”, dice Rojas. “Además estamos presentando unos planos y esos planos son la prueba suficiente de que se está cumpliendo con la seguridad del barco, no es necesario presentar una prueba de inclinación ni ningún otro requisito. No solo porque en la norma vigente no se especifica ello, sino porque técnicamente tampoco es necesario”, agrega.
Mongabay Latam envió preguntas a la DICAPI para tener su versión, sin embargo, hasta la publicación de esta nota el organismo no entregó respuestas.
La prueba de inclinación cuesta entre unos 2000 soles o 3000 soles (entre 600 a 900 dólares), dependiendo de quién lo haga, explica el especialistas de la SPDA. Y Silva añade que el problema no está en el costo específico de esta prueba, sino en el gasto acumulado a lo largo del proceso: “ya deben de dejar de meterle la mano al bolsillo del pescador”. Agrega que “los planos son un gasto, el (sistema) satelital es un gasto y ahora la prueba de inclinación. Sea poco, sea mucho, el pescador está enardecido porque le piden cosas que no deben ser, no tienen criterio para pedir”, asegura.
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La denuncia de los pescadores contra DICAPI
Según explica el abogado de la SPDA, “para darle legalidad a esos requisitos” —los creados por DICAPI— dicho organismo “creó (en septiembre 2020) una resolución directoral”. Con ella, señala el abogado, “supuestamente estaban flexibilizando los requisitos para que no haya tanta burocracia, pero al final lo que se hizo fue crearlos formalmente”. Sin embargo, según Grandez eso también “es ilegal” ya que no se pueden crear requisitos a través de una resolución directoral.
Frente a esto, los pescadores se organizaron e interpusieron una denuncia en contra de DICAPI ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), a fin de que se declare como barrera burocrática ilegal la resolución directoral así como la exigencia de tener que realizar la prueba de inclinación.
“Estamos en litigio con la DICAPI para tratar de que las exigencias, las trabas que se realizan en la práctica, sean declaradas ilegales y se pueda seguir con el camino correcto. Estamos en plena pelea”, dice Rojas.
La denuncia fue admitida a trámite en diciembre 2020 y los pescadores se encuentran a la espera de lo que resuelva el Indecopi.
Un dato más: la prueba de inclinación ya había sido declarada en 2018 barrera burocrática ilegal por ese mismo organismo.
Lo preocupante de la historia es que si se cumplen los plazos y las embarcaciones no son formalizadas, los pescadores estarán “prohibidos de vender, prohibidos de pescar, mejor dicho, prohibidos de extraer recursos”, dice Rojas. Y si lo hacen, se convertirían en pescadores ilegales.
Grandez precisa que si un pescador extrae recurso de manera ilegal puede ser castigado “con multas, decomisos, les quitan sus redes y, además, también se les abre procesos penales con la agravante de terminar incluso en prisión. Es sumamente delicado”, dice el abogado.
Renato Gozzer señala que lo que se espera del gobierno de transición de Francisco Sagasti —quien asumió la presidencia el pasado 17 de noviembre luego de que el expresidente Martín Vizcarra fuera vacado por el Congreso— es que pueda solucionar el problema sin alargar una vez más los plazos. “La intención es que este gobierno entienda que esa no es la forma correcta de resolver los problemas. Habiéndose agravado las dilaciones, toca respetar estos últimos plazos planteados como los finales, porque sino así podemos seguir en un limbo quién sabe hasta cuando”, dice el experto.
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El riesgo de ser ilegal
El problema de la informalidad incluso trasciende el territorio peruano ya que los pescadores podrían verse expuestos a caer en la categoría de ilegales no solo dentro del país sino también a nivel internacional.
Aunque los pescadores intentan siempre, por un tema de economía, pescar lo más cerca posible de la costa; la pota, que junto al perico son las dos pesquerías artesanales más importantes del Perú, a veces se aleja mar adentro. Los pescadores entonces se aventuran a capturarla en aguas internacionales o altamar, es decir, por fuera de los límites del territorio marítimo peruano.
La pesquería de pota que se realiza en aguas internacionales es administrada por la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero (OROP) del Pacífico Sur, un organismo intergubernamental que lleva un registro de las embarcaciones que están autorizadas para pescar este recurso en altamar. Si las embarcaciones peruanas no logran formalizarse, tampoco podrán ser parte del registro de la OROP, por lo que los pescadores no solo no podrán extraer pota en mar peruano sino tampoco en aguas internacionales.
“No podemos permitir que se haga (la pesca en altamar) de manera no regulada ni tampoco podemos permitir que se restrinja a los pescadores de algo que vienen haciendo desde antes que existan todas estas regulaciones de la OROP. Lo lógico sería que se haga de manera 100 % legal lo que ya se viene haciendo”, dice Gozzer.
Así, para el ingeniero pesquero, el problema de la informalidad de la flota artesanal “al final del día nos puede poner como país en un serio cuestionamiento de pesca ilegal”. Además, “vamos a deslegitimar todas las posiciones que pueda tener Perú para pedir que los barcos asiáticos no entren a soberanía nacional”, dice el experto.
La Viceministra de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, Ursula León, anunció el pasado 15 de diciembre, durante el Foro para la Pesca y Acuicultura Sostenible, la preparación de una norma para destrabar el proceso de formalización. Además, el Ministro de la Producción José Luis Chicoma, en una columna de opinión publicada en el diario el Comercio, aseguró que se formalizará “a 34 000 pescadores artesanales, quienes podrán recibir un mejor precio de venta; entre 30 % y 50 % más por kilo de producto”.
*Imagen principal: Pescadores artesanales en la costa norte peruana. Foto: Cortesía ANDINA/Vidal Tarqui.
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